Prohibida la venta de bebidas alcohólicas el Viernes Santo
Se prohíbe la venta y expendio de bebidas alcohólicas en todo el Distrito de Panamá desde las 12:00 a.m. hasta las 11:59 p.m. del viernes 18 de abril de 2025.
La Alcaldía del Distrito de Panamá emitió el Decreto Alcaldicio N.º 005 de 2025, mediante el cual se establece restricciones específicas para el día viernes 18 de abril, fecha correspondiente al Viernes Santo.
El decreto, firmado por el alcalde Mayer Mizrachi, se fundamenta en diversas disposiciones legales que facultan a las autoridades municipales para regular actividades comerciales, sociales y de recreación durante fechas de relevancia religiosa o cultural.
Medidas establecidas: 1: Se prohíbe la venta y expendio de bebidas alcohólicas en todo el Distrito de Panamá desde las 12:00 a.m. hasta las 11:59 p.m. del viernes 18 de abril de 2025.
2: Se ordena el cierre de establecimientos comerciales clasificados como nivel 2, conforme a la Ley 55 de 1973, desde las 12:00 a.m. hasta las 11:59 p.m. de ese mismo día. Los establecimientos de tipo nivel 2 son las cantinas, bares, cevicherías, parrillada, discotecas, jorones, jardines y similares.
3: Se suspende el uso de equipos de sonido, sinfonías e instrumentos musicales, así como cualquier actividad bailable o recreativa que implique la difusión de música, durante el mismo horario.
4: Se establece una sanción económica de B/.100.00 hasta B/.1,000.00 a quienes infrinjan las disposiciones de este decreto.
5: Se advierte que este decreto no exime del cumplimiento de las normas nacionales y municipales sobre generación de ruido y convivencia ciudadana.
6: Se insta a la población a conducirse con moderación, respeto, civismo y empatía durante la observancia del Viernes Santo.
7: Se comisiona a los Inspectores Municipales, Funcionarios de Cumplimiento y Jueces de Paz para hacer cumplir estas disposiciones, quienes podrán contar con el apoyo de la Fuerza Pública nacional o municipal.
El decreto comenzará a regir a partir de su promulgación oficial.