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Panama School debe devolver dinero por aumento ilegal de matrícula y mensualidades

El Departamento de Defensoría de Oficio de la Acodeco velará por el cumplimiento de lo fijado por las autoridades del Órgano Judicial.

REDACCIÓN DÍA A DÍA

El Tercer Tribunal Superior confirmó la Sentencia No. 45 de 18 de julio de 2022 dictada por el Juzgado Noveno de Circuito Ramo Civil, Jurisdicción de Protección al Consumidor, en contra del Instituto de Enseñanza Bilingüe, S.A., (Escuela Panama School) por falta de coordinación en el “aumento de costos de servicios de educación”, en lo que dispone los rubros de matrícula y mensualidades, entre otros, para el año lectivo 2019.

 

La demanda fue interpuesta por la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), debido a que el aumento que realizó el colegio se llevó a cabo sin cumplir con la debida coordinación establecida en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 601 de 2015, por lo que la sentencia y el fallo en segunda instancia prohíbe el cobro.

 

 

 

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Cabe destacar que, los tribunales de primera y segunda instancia declararon ilegal el aumento de los costos de los servicios de educación, por lo que ordenaron la devolución de las sumas pagadas por los padres de familia. De esta manera, se mantiene la sentencia emitida por el Juzgado Noveno de Circuito Ramo Civil Jurisdicción de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, razón por la cual la Sentencia No. 45 de 18 de julio de 2022,  “declara la Infracción por parte de la demandada Instituto de Enseñanza Bilingüe, S. A., (Escuela Panamá School) sobre lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 36, de la Ley No.45 de 31 de octubre de 2007”.

 

Al Departamento de Defensoría de Oficio de la Acodeco le corresponderá ejecutar las acciones pertinentes, a fin que se lleve a cabo el fiel cumplimiento de lo accedido por las autoridades del Órgano Judicial, a favor de los padres de familia. La Acodeco ejerció la defensa de los consumidores frente al servicio educativo brindado por este colegio particular, reivindicando de conformidad con la ley, el derecho a un trato justo y equitativo y el derecho a la información en cuanto al servicio contratado.

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